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En enero de 2025, Estados Unidos anunció un cambio importante en su política migratoria: una suspensión indefinida del procesamiento de visas de inmigrante para nacionales de 75 países, efectiva a partir del 21 de enero de 2026. La medida tiene consecuencias significativas para empleadores, familias y personas que buscan obtener la residencia permanente en EE. UU.

En febrero de 2026, esta política fue objeto de una demanda federal, lo que introduce nueva incertidumbre jurídica y la posibilidad de cambios futuros. A continuación, presentamos un resumen claro de lo que está ocurriendo, quiénes se ven afectados y qué implica en la práctica. 

¿Qué se está suspendiendo?

La suspensión aplica a las visas de inmigrante, incluidas:

  • Visas de inmigrante basadas en empleo

  • Visas de inmigrante patrocinadas por familiares

Esto significa que el procesamiento consular de residencia permanente desde los países afectados quedará en pausa mientras las autoridades estadounidenses revisan sus procedimientos migratorios. Las personas que planeaban completar su proceso de “green card” a través de una embajada o consulado de EE. UU. en el extranjero podrían enfrentar retrasos indefinidos, incluso si sus peticiones ya fueron aprobadas.

Importante:

  • Las visas de no inmigrante (como las de visitante (B), estudiante (F/J) y la mayoría de las visas temporales de trabajo (H-1B, L-1, O-1)) no están afectadas.
  • Los viajes de corta duración, incluidos eventos importantes como la Copa del Mundo, siguen siendo posibles bajo las categorías vigentes de no inmigrante.
  • A enero de 2025, la suspensión no cancela automáticamente las visas existentes, pero podría afectar renovaciones o futuras emisiones de visas de inmigrante.

Los consulados aún pueden:

  • Programar y realizar entrevistas para visas de inmigrante
  • Aceptar solicitudes

…pero no se emitirán visas a los nacionales afectados hasta que se levante la suspensión.

El ajuste de estatus (Formulario I-485) dentro de Estados Unidos no está actualmente suspendido, aunque posibles cambios de política podrían influir en la práctica de USCIS más adelante.

¿Quiénes están afectados?

Los 75 países incluidos en la medida son:

Afganistán, Albania, Argelia, Antigua y Barbuda, Armenia, Azerbaiyán, Bahamas, Bangladesh, Barbados, Bielorrusia, Belice, Bután, Bosnia, Brasil, Birmania (Myanmar), Camboya, Camerún, Cabo Verde, Colombia, Costa de Marfil, Cuba, República Democrática del Congo, Dominica, Egipto, Eritrea, Etiopía, Fiyi, Gambia, Georgia, Ghana, Granada, Guatemala, Guinea, Haití, Irán, Irak, Jamaica, Jordania, Kazajistán, Kosovo, Kuwait, Kirguistán, Laos, Líbano, Liberia, Libia, Macedonia, Moldavia, Mongolia, Montenegro, Marruecos, Nepal, Nicaragua, Nigeria, Pakistán, República del Congo, Rusia, Ruanda, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Tanzania, Tailandia, Togo, Túnez, Uganda, Uruguay, Uzbekistán y Yemen.

Algunos de estos países ya estaban sujetos a un escrutinio más estricto o a restricciones anteriores. Sin embargo, esta medida amplía considerablemente el alcance al afectar el procesamiento completo de visas de inmigrante.

La suspensión forma parte de una revisión más amplia centrada en la seguridad nacional, los procedimientos de verificación y las operaciones consulares. Aunque el gobierno estadounidense ha calificado la medida como temporal, no se ha proporcionado un calendario para la reanudación del procesamiento.

Para más información, consulte el comunicado oficial del Departamento de Estado de los Estados Unidos aquí.

Excepción por doble nacionalidad: Según el Departamento de Estado, si un solicitante posee un pasaporte válido de un país no incluido en la lista, los consulados pueden utilizar ese pasaporte para fines de visa de inmigrante.

Actualización de febrero de 2026: impugnación legal

El 2 de febrero de 2026, una coalición de organizaciones de derechos civiles, grupos de defensa y ciudadanos estadounidenses presentó una demanda federal en Manhattan impugnando la suspensión de visas de inmigrante implementada por la administración Trump. La demanda se dirige contra el Departamento de Estado y sostiene que la política detiene ilegalmente el procesamiento de visas de inmigrante basándose únicamente en la nacionalidad, en violación de la legislación migratoria estadounidense.

Principales argumentos de la demanda

Los demandantes argumentan que:

  • La prohibición viola la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) al discriminar por nacionalidad en lugar de realizar evaluaciones individualizadas.

  • La suspensión funciona como una prohibición general basada en la nacionalidad.

  • Elimina la evaluación individual de los solicitantes y busca eludir procedimientos regulatorios obligatorios.

  • La ley migratoria estadounidense no considera inadmisible a una persona únicamente porque pueda requerir asistencia pública o caritativa.

La demanda fue presentada por varias organizaciones, entre ellas el National Immigration Law Center, Democracy Forward y The Legal Aid Society, en representación de un grupo diverso de demandantes. Entre ellos se encuentran ciudadanos estadounidenses separados de sus familiares y extranjeros cuyas visas de inmigrante basadas en empleo ya habían sido aprobadas, pero ahora están indefinidamente paralizadas.

Los demandantes solicitan una orden judicial que obligue al gobierno a levantar la suspensión general y reanudar la adjudicación individualizada de las solicitudes de visa de inmigrante.

¿Qué significa esto para empleadores, familias y solicitantes?

A febrero de 2026, la suspensión sigue vigente y el procesamiento de visas de inmigrante para los 75 países no se ha reanudado. No obstante, la demanda introduce incertidumbre jurídica y la posibilidad de:

  • Cambios ordenados por un tribunal en la aplicación de la política
  • Posibles exenciones o excepciones
  • Una futura reanudación del procesamiento para ciertas categorías o individuos

Los empleadores y las familias no deben asumir que las peticiones aprobadas avanzarán según lo previsto y deben planificar plazos prolongados. 

Próximos pasos prácticos

Esta suspensión puede retrasar los planes de residencia permanente en EE. UU. para empleadores, trabajadores extranjeros y familias, aumentar la dependencia de visas temporales y prolongar la separación familiar, incluso en casos ya avanzados.

Aunque la demanda federal podría generar cambios, las personas y empresas deben actuar con cautela. Esto incluye: reevaluar sus estrategias migratorias, no asumir que las peticiones aprobadas avanzarán según lo planeado y monitorear de cerca los desarrollos, ya que exenciones o decisiones judiciales podrían modificar la aplicación de la política.

En Exeo, ayudamos a empleadores y familias a evaluar vías alternativas, desarrollar planes de contingencia y gestionar opciones transfronterizas mientras mantienen el cumplimiento en un entorno migratorio en constante evolución. 

Para orientación personalizada, contáctenos hoy.

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