RESUMEN EJECUTIVO |
El 12 de marzo de 2025, el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS) instauró una regla final provisoria (Interim Final Rule – IFR) que exige que los extranjeros que permanezcan en EE. UU. durante 30 días o más registren su presencia y proporcionen sus huellas dactilares (salvo excepciones). Esta norma introduce un método de registro en línea como complemento a los procedimientos existentes. La regla final entrará en vigor el 11 de abril de 2025. Puntos clave a considerar:
Requisitos de Cumplimiento y Sanciones:
¿Quién debe registrarse?
Exenciones:
¿Qué debe hacer?✔ Verifique su registro (automático o a través del portal de USCIS). |
El 20 de enero de 2025, el presidente Donald Trump firmó una orden ejecutiva titulada “Proteger al pueblo estadounidense contra la invasión”, que impone una aplicación más estricta de las leyes de inmigración. Esta medida incluye la obligación para todos los extranjeros de registrarse ante el gobierno federal y portar una prueba de registro en todo momento. Este cambio de política afecta tanto a los inmigrantes en situación irregular como a aquellos legalmente presentes en los Estados Unidos.
Históricamente, estar en los Estados Unidos sin estatus legal constituía una infracción civil, sancionada con la deportación en lugar de prisión. Sin embargo, una ley federal de la Segunda Guerra Mundial, hasta ahora no aplicada, exige que los inmigrantes no registrados a su llegada se registren dentro de los 30 días o enfrenten un proceso penal. La nueva política de la administración Trump aplicará ahora esta exigencia, estableciendo un mecanismo de registro y convirtiendo la falta de cumplimiento en un delito penal sancionado con multas, prisión, expulsión de los Estados Unidos y prohibición de entrada al territorio.
Regla Final Provisoria (IFR) del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) sobre el Registro de Extranjeros
El 12 de marzo de 2025, el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS) publicó una regla final provisoria (IFR) que exige que los individuos presentes en los Estados Unidos durante 30 días o más registren su presencia y proporcionen sus huellas dactilares (salvo excepciones). Esta regla introduce un mecanismo de registro en línea para los extranjeros que aún no están registrados, define las obligaciones de cumplimiento y prevé sanciones severas en caso de incumplimiento.
A partir del 11 de abril de 2025, los ciudadanos extranjeros deben registrarse utilizando el formulario G-325R Biographic Information (Registration) a través de la plataforma myUSCIS. Este sistema permite a las personas no registradas crear una cuenta y enviar su registro de forma gratuita. Según USCIS, la toma de datos biométricos puede ser obligatoria para el registro.
*A la fecha, los ciudadanos canadienses están exentos de la obligación de proporcionar datos biométricos para registrarse.
La IFR precisa las categorías de personas sujetas al registro, las sanciones en caso de incumplimiento y los documentos aceptados como prueba de registro.
Principales Disposiciones de la Regla Final Provisoria
Registro Obligatorio para Estancias Prolongadas
- Todo extranjero de 14 años o más que permanezca en los Estados Unidos por 30 días o más debe registrarse ante el DHS y posiblemente proporcionar datos biométricos (huellas dactilares) si es necesario.
- A la fecha, los ciudadanos canadienses están exentos de la obligación de proporcionar datos biométricos para registrarse.
- Esta obligación se aplica independientemente del estatus de entrada legal previo.
- El incumplimiento puede derivar en procesos penales.
Obligación de Portar Prueba de Registro
- Todo extranjero de 18 años o más debe portar una prueba de registro en todo momento dentro del territorio estadounidense.
- Documentos aceptados:
- I-94 Arrival-Departure Record
- I-551 Tarjeta de Residente Permanente (Green Card)
- I-766 Documento de Autorización de Empleo (EAD)
- Prueba de registro a través del formulario G-325R enviado en línea
- La falta de prueba de registro puede derivar en sanciones penales.
- La IFR establece que la prueba debe ser impresa (en formato papel).
Registro de Menores
- Los padres o tutores de niños menores de 14 años deben completar su registro.
- Al cumplir 14 años, deben registrarse en persona y proporcionar sus huellas dactilares en un plazo de 30 días.
Obligación de Registro para Canadienses que Ingresan por Tierra
- Los ciudadanos canadienses que ingresen a los Estados Unidos por negocios u otros motivos durante 30 días o más deben registrarse, incluso si no reciben un formulario I-94.
- Esta obligación pone fin a una laguna jurídica que permitía a muchos visitantes canadienses no estar oficialmente registrados en el sistema de inmigración estadounidense.
- Los canadienses que ingresen a los Estados Unidos por tierra y no cumplan con el requisito de registro pueden enfrentar sanciones.
I-94: Registro al Ingreso (Tierra, Aire y Mar)
El I-94 Arrival-Departure Record es un documento utilizado por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los EE. UU. (CBP) para rastrear la entrada y salida de extranjeros, especialmente visitantes.
- Ingreso por Avión: Los viajeros que lleguen por avión reciben automáticamente un I-94 electrónico. Puede consultarse e imprimirse en el sitio web de la CBP.
- Ingreso por Mar: La mayoría de los viajeros que llegan por mar, como en cruceros, también recibirán un I-94 electrónico, aunque los requisitos específicos pueden variar.
- Ingreso por Tierra (Canadá):
- Los canadienses que ingresen por un cruce terrestre no recibirán automáticamente un I-94, salvo que lo soliciten o si su estadía supera un cierto período.
- Todo canadiense que planee permanecer más de 30 días debe obtener un I-94 y registrarse.
El incumplimiento de la obligación de obtener y portar prueba de registro puede derivar en multas, prisión, expulsión y prohibición de entrada a los Estados Unidos.
Otros Documentos Aceptados como Prueba de Registro
Además del I-94, otros documentos pueden servir como prueba de registro, incluyendo:
- I-95 – Permiso de desembarco para tripulantes de aeronaves o barcos.
- I-184 – Permiso de desembarco y tarjeta de identificación de tripulantes extranjeros.
- I-185 – Tarjeta de cruce fronterizo para ciudadanos canadienses o súbditos británicos residentes en Canadá.
- I-186 – Tarjeta de cruce fronterizo para ciudadanos mexicanos residentes en México.
- I-221 e I-221S – Orden de comparecencia y aviso de audiencia para extranjeros en proceso de expulsión.
- I-551 – Tarjeta de Residente Permanente (Green Card).
- I-766 – Documento de Autorización de Empleo (EAD).
- I-862 – Aviso de comparecencia para extranjeros en proceso de deportación.
- I-863 – Aviso de remisión a un juez de inmigración para extranjeros en proceso de deportación.
Cualquiera que sea el documento que posea, es obligatorio llevar una copia impresa en todo momento para cumplir con los nuevos requisitos.
Próximos Pasos para los Extranjeros No Registrados
Para cumplir con esta nueva normativa, los extranjeros deben seguir estos pasos:
Impacto y Medidas a Tomar
Esta nueva regulación refuerza el control sobre los extranjeros en los Estados Unidos, incluyendo visitantes temporales, viajeros de negocios y residentes legales.
El incumplimiento de estas normas puede resultar en sanciones graves, incluyendo multas, prisión, deportación y restricciones de entrada futura a los Estados Unidos.
Dado el endurecimiento de las políticas migratorias, se recomienda que todos los extranjeros en los Estados Unidos verifiquen su estatus de registro y cumplan con estas nuevas obligaciones.
Sanciones por incumplimiento
| Infracción | Sanción |
| No registrarse | Multa de hasta $5,000 y/o 180 días de prisión |
| Registro fraudulento | Motivo de expulsión inmediata |
| No portar prueba de registro (18 años o más) | Delito sancionado con una multa de hasta $5,000 y/o 30 días de prisión |
| No notificar un cambio de dirección dentro de los 10 días | Delito sancionado con una multa de hasta $5,000 y/o 30 días de prisión |
Refuerzo de sanciones y aumento de riesgos
Esta política representa un cambio significativo en la aplicación de las leyes de inmigración en los Estados Unidos, ampliando la criminalización de los extranjeros que no puedan demostrar su estatus legal en todo momento.
Los ciudadanos canadienses y otros viajeros frecuentes deben ser especialmente vigilantes para evitar multas, procesos judiciales, prisión, expulsión o prohibición de entrada a los Estados Unidos.
Ante estos nuevos requisitos, recomendamos a todos los extranjeros en los Estados Unidos asegurarse de cumplir con las regulaciones y consultar a un abogado especializado en inmigración en caso de duda o inquietud sobre su situación.






