Actualización importante — septiembre de 2026: Desde el 29 de junio de 2026, las tarjetas NEXUS, SENTRI, FAST y Global Entry son reconocidas como prueba de registro. Un viajero canadiense cuya entrada más reciente a los Estados Unidos se haya realizado mediante uno de estos programas se considera, por lo tanto, registrado y no necesita presentar el formulario G-325R para esa estadía.
Poseer la tarjeta no es suficiente: debe haber sido utilizada en la admisión más reciente del viajero. Un miembro que ingresa por un carril regular sin el formulario I-94 y permanece en los Estados Unidos 30 días o más podría todavía necesitar registrarse. Los viajeros de 18 años o más deben llevar su tarjeta consigo en todo momento, y los niños que cumplan 14 años durante su estadía deben volver a registrarse.
Se acercan los meses fríos y muchos canadienses se preparan para migrar hacia el sur, a Estados Unidos. Este desplazamiento anual incluye a los “snowbirds” de larga duración que buscan climas más cálidos, pero también a un número significativo de profesionales y emprededores que aprovechan la temporada para establecer o expandir sus operaciones en EE. UU.
Si bien puede que ya esté familiarizado con el formulario I-94, el gobierno estadounidense implementó cambios de política importantes y un control más estricto hace unos meses. Compartimos este recordatorio ahora porque, con la temporada alta de viajes en marcha, es más importante que nunca revisar las reglas antes de partir.
Lo que todo canadiense, desde un residente temporal hasta un empresario, debe saber sobre el formulario I-94:
¿Qué es el I-94?
El I-94 no es una visa; es un registro oficial administrado por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) que define los términos y la duración de su estadía autorizada en Estados Unidos.
¿Quién necesita el formulario I-94?
Aunque la mayoría de los canadienses que ingresan por visitas cortas o tránsito están generalmente exentos, ahora el I-94 es obligatorio para ciertos viajeros:
- Ciudadanos no estadounidenses mayores de 14 años que planeen permanecer en EE. UU. por 30 días o más y que no hayan completado previamente un proceso de visa o toma de huellas dactilares en EE. UU.
- Si no se registra previamente para obtener un I-94 y su estadía termina siendo de 30 días o más, deberá completar el formulario más detallado e intrusivo G-325R una vez en EE. UU.
- Los niños que cumplan 14 años mientras se encuentran en EE. UU. deben registrarse ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) dentro de los 30 días posteriores a su cumpleaños.
Nota importante para quienes ingresan por tierra:
Los canadienses que ingresan por tierra generalmente están exentos para visitas cortas, pero deben obtener un I-94 si su estadía excederá los 30 días.
¿No está seguro de si necesita registrarse?
Consulte nuestro artículo completo: La regla de registro de inmigrantes de Trump: La regla de registro de inmigrantes de Trump: ¿Un paso hacia la criminalización, incluso para los visitantes legales?
Consideraciones especiales para los ciudadanos canadienses
Los requisitos de registro para los ciudadanos canadienses dependen de cómo ingresaron a EE. UU.:
- Entrada por aire o mar
- Los canadienses que ingresan por aire o mar generalmente reciben un formulario I-94 al llegar.
- En la mayoría de los casos, esto significa que ya se les considera registrados y no necesitan presentar el formulario G-325R.
- Consulte la Parte 2 a continuación para los próximos pasos.
2. Entrada por tierra o ferry
- Los canadienses que ingresan por tierra o ferry no reciben automáticamente un I-94.
- Esto significa que es posible que no se les considere registrados, y podrían ser requeridos a presentar el formulario G-325R (consulte la Parte 3 para obtener información sobre el Formulario G-325R).
- Consulte las Partes 1 y 2 a continuación para los próximos pasos
Consejo: Para aumentar las posibilidades de recibir un I-94 en una frontera terrestre, puede solicitar un I-94 provisional utilizando la aplicación móvil CBP One antes de su llegada. La emisión no está garantizada y queda a discreción de los oficiales de CBP.
Parte 1: Preinscripción en línea para viajeros por tierra o ferry (recomendado)
1. Accede al sitio web oficial de U.S. Customs and Border Protection (CBP) dentro de los siete días previos a tu viaje: https://i94.cbp.dhs.gov.
2. Selecciona “Apply for I-94” (Solicitar I-94).

3. Completa tu información de viajero, incluyendo:
- Nombre completo
- Fecha de nacimiento
- País de ciudadanía y residencia
- Número de pasaporte
- Si aplica: tipo de visa y número de visa
- Información de contacto
- Dirección donde te hospedarás en EE. UU.
Nombre de contacto en EE. UU.

4. Presiona Guardar solicitud.
5. Opcional: agrega otros viajeros si corresponde.
6. Presiona Proceder al pago.

7. Paga la tarifa de 30 USD. (Nota: la tarifa aumentó de 6 a 30 USD el 30 de septiembre de 2025).

8. Envía tu solicitud y guarda/imprime tu confirmación de envío.
9. En la frontera, informa al oficial que te has preinscrito y solicita que te emitan el I-94 electrónicamente (puedes mostrarle tu confirmación de envío.).
Parte 2: Después de la llegada a los Estados Unidos: Cómo recuperar su formulario I-94 (Registro de entrada/salida)
Ya sea que haya ingresado a los Estados Unidos por aire o por mar, o que haya preinscrito su I-94 y cruzado la frontera terrestre, una vez que haya llegado a los Estados Unidos deberá seguir estos pasos para recuperar su formulario I-94.
Su formulario I-94 es emitido por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) y sirve como prueba de entrada legal.
Instrucciones paso a paso:
- Vaya al sitio web de I-94
https://i94.cbp.dhs.gov - Seleccione “Obtener el I-94 más reciente”
- En la página de inicio, haga clic en “Get Most Recent I-94”.
- Esta sección le dará acceso a su registro de entrada más reciente a los Estados Unidos.

3. Aceptar los Términos
- Se le presentará una página de exención de responsabilidad.
- Lea los términos y haga clic en “Consent & Continue” para proceder.
4. Ingrese su Información Personal
Se le pedirá que ingrese su información exactamente como aparece en sus documentos de viaje (pasaporte y visa). Los campos obligatorios incluyen:
- Apellido (familia)
- Nombre (primer nombre)
- Fecha de nacimiento
- Número de pasaporte
- País de emisión del pasaporte

5. Ver y Descargar su I-94
- Si su información es correcta y su registro existe, el sistema recuperará su I-94 más reciente.
- Verlo en línea
- Descargarlo como un archivo PDF
- Imprimir una copia para sus registros
- Verlo en línea

El registro impreso se verá de la siguiente manera:

Si no se encuentra su registro:
- Intente invertir su primer nombre y apellido.
- Verifique si hay errores tipográficos, espacios o variaciones en la ortografía.
- Asegúrese de que los detalles de su pasaporte sean correctos.
Si aún no funciona, puede contactar a la comunicación de viajeros de CBP a través de su página de ayuda para el I-94 o visitar un sitio de inspección diferida en persona. Esto puede significar que no se le emitió un I-94 y, por lo tanto, deberá completar un formulario G-325R.
- (Opcional) Recuperar el historial de viajes
- También puede elegir la opción “View Travel History” en la página de inicio para ver un registro de sus entradas y salidas previas de EE. UU. registradas por CBP.
- Verifique cuidadosamente las fechas:
- La Fecha de emisión debe coincidir con el día real en que ingresó a los EE. UU.
- La Fecha de admisión hasta indica la duración autorizada de su estadía, que no siempre es de 6 meses y depende de su historial de viajes previo.
- La Fecha de emisión debe coincidir con el día real en que ingresó a los EE. UU.
8. Imprima varias copias de su registro I-94 y mantenga al menos una consigo en todo momento. USCIS requiere una copia impresa física, no solo la versión electrónica.
Parte 3: Cómo completar el formulario G-325R (Registro de extranjeros)
Si aún no está considerado registrado, debe completar el formulario G-325R a través de su cuenta en línea myUSCIS.
Instrucciones paso a paso:
- Crear una cuenta en línea de USCIS
https://my.uscis.gov
- Cada persona debe crear su propia cuenta.
- Los padres deben crear cuentas separadas para los niños menores de 14 años.
- Cada persona debe crear su propia cuenta.

Durante la configuración de la cuenta, deberá:
- Confirmar su dirección de correo electrónico
- Establecer una contraseña y preguntas de seguridad
- Seleccionar “I am an individual applicant” como tipo de cuenta


2. Comenzar el formulario G-325R
- Inicie sesión en su cuenta
- Haga clic en “File a Form”
- Seleccione “Form G-325R – Biographic Information (Registration)”


3. Complete el formulario en línea
Se le pedirá que proporcione:
- Nombre completo legal
- Fecha y lugar de nacimiento
- Fecha y lugar de entrada a EE. UU.
- Dirección y datos de contacto en EE. UU.
- Estatus migratorio (si corresponde)
- Historial criminal (si corresponde)
- Nombre completo legal
- Asistir a una cita biométrica (si es necesario)
Algunas personas pueden ser programadas para una cita biométrica en un Centro de Apoyo a Solicitudes de USCIS. Puede que se le requiera proporcionar:
- Huellas dactilares
- Una fotografía
- Una firma
Nota: Según la regla final provisional, los ciudadanos canadienses están exentos del requisito de huellas dactilares. Por lo tanto, su registro se considera completo al momento de la presentación del formulario.
- Recibir su prueba de registro
Una vez procesado, su prueba de registro de extranjero estará disponible en su cuenta myUSCIS.
- Descárguela e imprímala
- Si tiene 18 años o más, está legalmente obligado a llevarla consigo en todo momento mientras se encuentre en EE. UU.
Si no ha recibido un comprobante de registro, imprima una copia de su confirmación de envío mientras tanto. Manténgala consigo, ya que constituye prueba de que presentó su formulario de registro (G-325R) y está a la espera de su procesamiento.
Los tiempos de procesamiento pueden variar entre 30 y 60 días.
Sanciones por incumplimiento
El no cumplir con los requisitos de registro y huellas dactilares puede resultar en consecuencias graves. Los infractores pueden enfrentar multas de hasta $5,000, encarcelamiento por hasta seis meses, o ambos. Esta sanción aplica no solo a la persona, sino también, en el caso de niños menores de 14 años, a sus padres o tutores que no aseguren el cumplimiento.
Para comprender mejor los riesgos y asegurarse de estar completamente informado, le recomendamos consultar la tabla de sanciones incluida en nuestro último artículo. Esta describe claramente las diversas infracciones y sus consecuencias. Mantenerse informado es clave para cumplir con las normativas.
¿Necesita orientación para navegar por estos requisitos?
El nuevo requisito de registro puede generar dudas, especialmente si no está seguro de si se aplica a usted o cómo completar el formulario G-325R. Para un desglose completo de quién debe registrarse, quién está exento y qué califica como ya registrado, consulte nuestro artículo dedicado: La regla de registro de inmigrantes de Trump: ¿Un paso hacia la criminalización, incluso para los visitantes legales?
Si necesita ayuda para recuperar su I-94 o navegar por el proceso de registro, nuestro equipo está disponible para asistirle.
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